¿Prácticas
universitarias o extensiones universitarias?
Por Katherine Gaibor Vinueza
Según
el reglamento de vinculación con la colectividad de la Universidad Politécnica
Salesiana en el cap. IV art. 6, extensión universitaria se denomina a las “actividades
de servicio comunitario o de producción de bienes y servicios, públicos o
privados, orientadas a vincular el trabajo académico con todos los sectores de
la sociedad. Las realizan los estudiantes de la Universidad Politécnica
Salesiana, en beneficio de grupos, sectores o conglomerados sociales de
preferencia los menos favorecidos, a través de consultorías, asesorías, investigaciones,
estudios, capacitación u otros medios”.
Se
deben ejecutar proyectos de desarrollo comunitario que beneficien a sectores
marginales de la sociedad, de esta manera, complementar la formación humana y
profesional, mediante la puesta en práctica de la filosofía salesiana. Las
horas a cumplir son 64 para todas las carreras, excepto comunicación social,
porque la malla curricular es diferente a las demás.
Comunicación
social debe realizar 160 horas y para esta carrera no son llamadas extensiones
universitarias sino prácticas universitarias I, puesto que procede con la II y
III. Consiste en el mismo procedimiento que las demás carreras.
Este
proceso es un requisito indispensable para poder cumplir con todas las
actividades que indica el pensum académico.
No hay comentarios:
Publicar un comentario